El actor Diego Luna consiguió una victoria que podría cambiar las reglas del juego en la publicidad en México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las empresas que utilicen la imagen de una persona sin autorización deberán pagar una indemnización calculada sobre el precio total de venta al público, sin posibilidad de descontar costos como producción, manufactura o comercialización.

El fallo surge a partir de un litigio contra empresas vinculadas con Johnnie Walker, luego de que en 2011 se difundiera una campaña publicitaria que incluía imágenes de la vida personal y profesional del actor sin su consentimiento. El caso no solo involucró a Luna, sino también elementos de su entorno familiar, lo que elevó la relevancia del conflicto.

El punto clave del debate fue la interpretación del artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor. Mientras instancias previas permitían reducir la base de cálculo restando gastos empresariales, la Corte rechazó esa visión al considerar que distorsionaba la intención de la ley. Con este nuevo criterio, el mínimo legal de indemnización deberá calcularse directamente sobre el valor total del producto en el mercado.

Esta decisión no solo impacta el caso de Diego Luna. También fortalece la protección de derechos como la imagen, el daño moral y la reparación económica, al impedir que las empresas reduzcan artificialmente el monto que deben pagar cuando se acredita una violación.

Uno de los aspectos más delicados fue el uso de la imagen de un menor de edad dentro de la campaña, situación que la Corte consideró especialmente grave al tratarse de un entorno comercial relacionado con bebidas alcohólicas. Este punto refuerza el estándar de protección hacia niñas, niños y adolescentes frente a prácticas publicitarias.

Aunque el fallo también establece límites para evitar indemnizaciones desproporcionadas —como acotar el cálculo al periodo y territorio donde se difundió la campaña—, el mensaje es claro: las empresas ya no podrán escudarse en sus costos internos para pagar menos.

La resolución aún puede afinar detalles técnicos en su versión final, pero el principio central ya quedó marcado y abre la puerta a que más figuras públicas —y cualquier persona— puedan defender su imagen frente a usos no autorizados con mayor respaldo legal.

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